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Nota |
El cobro de estos impuestos es a nivel central.
Los bienes inmuebles que se encuentren bajo la condición de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal tributarán de acuerdo a lo siguiente:
$0 a 120,000: Exonerado
120,001 a 700,000: 0.50%
Más de 700,000: 0.70%
Segunda vivienda, comerciales, industriales y terrenos:
Hasta 30,000: 0.00% de impuesto
De 30,001 a 250,000: 0.6%
De 250,001 a 500,000: 0.8%
De 500,001 en adelante: 1.00%
Ley 66 de octubre del 2017
https://dgi.mef.gob.pa/INM/INM.php
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