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Nota |
Si bien los programas habitacionales se rigen por normas generales que establecen montos de subsidios (diferenciados por regiones del país) y criterios generales de tipología, requisitos de ahorro y operatoria, en los últimos años, a través de la Ley de Presupuestos se han consagrado mecanismos que permiten asignar mayores recursos a los establecidos en los programas generales para adquirir suelo en comuas donde exista una demanda significativa de viviendas para familias ubicadas en el tramo del 40% más vulnerable de la población, o aquellas donde se concentre principalmente el déficit habitacional de acuerdo a los datos del último censo priorizando en zonas centrales y pericentrales de las grandes ciudades. A su vez, se establece para proyectos que se emplacen en sectores con adecuados indicadores y estándares de desarrollo urbano y de
acceso a bienes públicos, se tiene la facultad de asignar subsidios por montos superiores a los establecidos en los programas habitacionales, con el objeto de financiar la adquisición y/o habilitación de terrenos.
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